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Alta / modificación en el Padrón de Habitantes

Descripción

El Padrón es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual del mismo. 

Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.

Toda persona que resida en España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio que resida habitualmente.

Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Proceso de tramitación

  • Se deberá presentar la solicitud de alta o modificación de empadronamiento en el municipio de residencia, junto con los documentos acreditativos de la vecindad del solicitante.
  • Verificados los datos se procederá al alta en el padrón de habitantes o a la modificación de los datos obrantes en el mismo.
  • Las altas se pueden producir por nacimiento, cambio de residencia y omisión, es decir, las personas que habitualmente residen en la localidad y no figuran o desconocen si están inscritas en algún padrón.

 

Documentación a aportar

  • Impreso oficial debidamente cumplimentado, que deberá ser firmado por todas las personas mayores de 18 años que soliciten el alta en el padrón municipal.
  • Documento que acredite la identidad de las personas inscritas (Fotocopia del DNI, pasaporte, permiso de residencia y tarjeta de extranjero. Para menores de 15 años, el libro de familia).
  • Documento que acredite el uso de la vivienda (contrato de compraventa o arrendamiento, contrato o factura actual expedida por la compañía suministradora de telefonía fija, agua, electricidad o gas).
  • En caso de modificaciones, habrá que presentar el documento que acredite el dato que se desea actualizar o modificar.

Normativa

Estatal:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, que modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Lugar de presentación

Registro General del Ayuntamiento

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